Los Tribunales de Apelación en los distintos fueros y en todas las circunscripciones judiciales del país son la segunda instancia que tiene el usuario de justicia para recurrir.
Las funciones de los Tribunales de Apelación serán:
– La sustanciación y resolución del recurso de apelación, según las reglas establecidas por este código.
– La recusación del juez penal y de los miembros del tribunal de sentencia.
– Las quejas por retardo de justicia contra los jueces penales y tribunales de sentencia.
Fuente: Código de Organización Judicial
– Presidente del Tribunal de Apelación Multifuero
– Presidente del Consejo de Administración de la XV Circunscripción Judicial.
– Miembro del Tribunal de Apelación Multifuero
– Vicepresidente Primero del Consejo de Administración de la XV Circunscripción Judicial.
– Miembro del Tribunal de Apelación Multifuero.
– Vicepresidente Segunda del Consejo de Administración de la XV Circunscripción Judicial
– Miembro del Tribunal de Apelación Penal
– Miembro del Tribunal de Apelación Penal